PROGRAMACIÓN DE CINE EN LA SALA “ERA AUDIOVISUAU” DE VIELHA

2 de febrero de 2012

9 Viviendas de protección oficial en régimen de alquiler disponibles en Vielha e Mijaran

1 de febrero de 2012

El pasado 30 de enero se abrió el plazo de inscripción para acceder 9 viviendas de protección oficial en régimen de alquiler. La Agència de l’Habitatge de Catalunya ha recuperado la titularidad jurídica y la disponibilidad física de dichas  viviendas y serán adjudicadas por la Direcció De Promoció de l’Habitatge.

Las normas particulares que regulan el procedimiento de la adjudicación se han elaborado con el acuerdo y consulta de los representantes del  Ayuntamiento de Vielha e Mijaran.

8 de estas viviendas están situadas en  Avd. Maladeta 17 y la otra en C/Sarraera 5. Para optar a estas viviendas es necesario estar inscrito en el  “Registre únic de sol.licitants” de la Generalitat de Catalunya         

En esta misma web se podrán consultar las bases y las condiciones de esta promoción, y en el Ayuntamiento de Vielha e Mijaran  se facilitará un dossier con toda la documentación necesaria y la solicitud a rellenar a  todos los interesados.

La documentación deberá presentarse en el Ayuntamiento y se admitirán solicitudes hasta el el día 29 de febrero incluido.

Presentación del ciclo de cine infantil en catalán, Cinema Cinc

1 de febrero de 2012

El Alcalde de Vielha, Sr. Alex Moga Vidal y el Gerente del Circuit Urgellenc, Sr. Pere Aumedes; presentaron ayer 31 de enero en la Sala de Actos del Ajuntament de Vielha e Mijaran el ciclo de cine infantil en catalán, Cinema Cinc.

Cinema Cinc es un ciclo de sesiones de cine infantil en catalán que se celebrarán en diversas poblaciones durante los fines de semana de los meses de enero, febrero y marzo de 2012 y que cuenta con la colaboración de la Dirección General de Política Lingüística de la Generalitat de Catalunya.

 Estas sesiones se proyectarán en la sala “Era Audiovisuau” de Vielha los sábados de febrero y marzo a las 18:15 horas y el precio de la entrada será de 4 euros.

La programación prevista es:

Día 4 de febrero: Alvin i els esquirols 3

Día 11 de febrero: Vicky el víking i el martell de Thor

Día 25 de febrero: Tintin i el secret de l’unicorn

Día 3 de marzo: El gat amb botes

Día 10 de marzo: Floquet de Neu

NORMAS PARTICULARES DEL PROCESO DE ADJUDICACIÓN DE 9 VIVIENDAS CON PROTECCIÓN OFICIAL EN RÉGIMEN DE ALQUILER EN EL MUNICIPIO DE VIELHA E MIJARAN

1 de febrero de 2012

INFORMACIÓN DE LAS VIVIENDAS:

El Institut Català del Sòl ha promovido en el municipio de Vielha e Mijaran varias promociones de viviendas de protección oficial, de las que actualmente quedan disponibles 9 viviendas, que adjudicará la Agència de l’Habitatge de Cataluña y donde se incorporarán las viviendas que puedan recuperarse en un futuro

Las viviendas disponibles son los que se relacionan a continuación:

 LISTA A

REFERENCIA DIRECCIÓN SUPERF. DORM. RÀTIO MÀX. OCUPACIÓN APARC. RENTA (€/MES)
25/009364-0019 C/ SARRAERA, 5 Bl. 1 – 4 2 63,50 2 4 SI 296,79 €

 LISTA B

REFERENCIA DIRECCIÓN SUPERF. DORM. RÀTIO MÀX. OCUPACIÓN APARC. RENTA (€/MES)
 25/009601-0003 Av. Maladeta, 17 Bl. 1 – 1 3 33,63 1 2 SI 144,78 €
25/009601-0006 Av. Maladeta, 17 Bl. 1 – 1 6 36,56 1 2 SI 154,50 €
25/009601-0007 Av. Maladeta, 17 Bl. 1 – 1 7 33,36 1 2 SI 143,89 €
25/009601-0012 Av. Maladeta, 17 Bl.1 – 2 5 33,68 1 2 SI 144,95 €

 LISTA C

REFERENCIA DIRECCIÓN SUPERF. DORM. RÀTIO MÀX. OCUPACIÓN APARC. RENTA (€/MES)
25/009601-0001 Av. Maladeta, 17 Bl. 1 – 1 1 47,66 2 4 SI 191,31 €
25/009601-0016 Av. Maladeta, 17 Bl. 1 – 3 2 59,82 2 4 SI 231,63 €
25/009601-0017 Av. Maladeta, 17 Bl. 1- 3 3 59,19 2 4 SI 229,54 €
25/009601-0018 Av. Maladeta, 17 Bl. 1 – 3 4 54,14 2 4 SI 212,80 €

 Los contratos de alquiler se regirán por la Ley de arrendamientos urbanos y por la normativa de viviendas de protección oficial.

Renta mensual:

A la renta mensual que consta al cuadro habrá que añadir:

- Los gastos de la comunidad de propietarios, que incluye los servicios de limpieza y mantenimiento de espacios comunitarios, agua comunitaria, luz comunitaria, ascensor, antena TV, portero electrónico, extintores, seguros, reparaciones, vigilante (excepto en el caso de las promociones en que por su tamaño no se considere necesario), administración de fincas, etc.

-  Repercusión IBI.

 Los adjudicatarios tendrán que abonar las altas de los servicios de suministro.

 1. MARCO NORMATIVO

Llei 26/2010, del 3 d’agost, de règim jurídic i de procediment de les administracions públiques de Catalunya.

Llei 30/1992, de 26 de novembre, de règim jurídic de les administracions públiques i del procediment administratiu comú, modificada per la Llei 4/1999, de 13 de gener. Decret 13/2010, por el que se aprueba el Plan para el derecho a la vivienda 2010-2012.

 Decret 157/2010, de 2 de novembre, de reestructuració de la Secretaria d’Habitatge, creació de l’Observatori de l’Hàbitat i la Segregació Urbana i aprovació dels Estatuts de l’Agència de l’Habitatge de Catalunya.

 Decret 342/2001, de 17 de maig, de reestructuració del Departament de Territori i Sostenibilitat.

2. PROCESO DE ADJUDICACIÓN

2.1. Información y presentación de solicitudes

Para acceder a una de las viviendas hay que acreditar el cumplimiento de los requisitos que se especifican en el punto 3 de estas normas particulares.

El plazo de presentación de solicitudes es desde el día 27 de enero hasta el 29 de febrero de 2012, ambos incluidos.

Las solicitudes, que deben presentarse en modelo normalizado y adjuntando la documentación requerida, se pueden obtener en la página web: www.agenciahabitatge.cat y en el ayuntamiento, y se tienen que presentar en la  Calle Sarriulèra núm. 2 (Vielha) teléfono 973-640 018 en horario de atención al público.

Así mismo, se pueden presentar por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común.

En la adjudicación de las viviendas NO se tendrá en cuenta el orden de presentación de las solicitudes.

2.2 Listas de acceso a  las viviendas

Se presentan las siguientes listas en función de la tipología de las viviendas y de los requisitos de los solicitantes que deberán indicar a que vivienda optan. La unidad de convivencia podrá estar integrada por las personas que lo deseen independientemente de la existencia de un vínculo familiar o no entre ellas.

 LISTA A:

Se incluirán en esta lista las solicitudes que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en el punto 3 y opten a la vivienda de  dos dormitorios de la C/ Sarraèra núm. 5

Esta vivienda se destina a solicitantes mayores de 18 años en la fecha del inicio de recogida de las solicitudes.

Se establece un ratio máximo de ocupación de 4 personas.

 LISTA B:

Se incluirán en esta lista las solicitudes que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en el punto 3 y opten  a una de las tres viviendas de un dormitorio de la promoción Av. Maladeta.

Estas viviendas se destinarán con carácter prioritario a los siguientes colectivos:

- solicitantes mayores de 65 años en la fecha de inicio de recogida de las solicitudes. Excepcionalmente que el co-solicitante no cumpla el requisito de edad, siempre y cuando se trate de: a) 9 cónyuge o hermano del solicitante; b) hijo discapacitado o con disminución sin necesidad de vivienda adaptada a cargo del solicitante (en estos casos el co-solicitante no será cotitular de la vivienda.

- pensionistas o titulares preceptores del PIRMI o del subsidio de desempleo mayores de 52 años o víctimas de la violencia de género.

Se establece un ratio máximo de ocupación de dos personas.

 LISTA C:

Se incluirán en esta lista las solicitudes que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en el punto número 3 y opten a  una de las tres viviendas de dos dormitorios de la promoción Av. Maladeta.

Estas viviendas se destinan con carácter prioritario a los colectivos siguientes:

- solicitantes menores de 35 años en la fecha de inicio de recogida de las solicitudes.

- solicitantes  divorciados/separados que estén privados del uso  de su vivienda.

- familias monoparentales. Formada por solicitantes que dispongan de esta condición, que deberá ser acreditada mediante el correspondiente título expedido por el departamento competente de la Generalitat de Catalunya.

Se establece un ratio máximo de ocupación de 4 personas.

 

 2.3. Listas provisionales de admitidos y excluidos

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, éstas se valorarán de acuerdo con la documentación aportada y en base a los requisitos de acceso previstos en el punto 3 de estas normas particulares, y harán públicas las listas provisionales de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento www.vielha-mijaran.org y en la página web de la Agència de l’Habitatge de Cataluña www.agenciahabitatge.cat. El plazo de publicación será de 10 días hábiles, durante los cuales se podrá presentar reclamación, acompañada de la documentación que lo avale. Durante este plazo también se tendrá que presentar la documentación que falte en la solicitud inicial, con los efectos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

2.4 Resolución que aprueba las listas definitivas de admitidos y excluidos

Finalizado el periodo de reclamación se valorarán todas las reclamaciones presentadas en tiempos y forma, y el director de Promoción de la Vivienda dictará la resolución que aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos.

Esta lista será expuesta en los mismos lugares que las listas provisionales. Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de altura ante el director de la Agència de l’Habitatge de Cataluña, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, sin perjuicio que se pueda interponer cualquier otro recurso que se considere procedente.

2.5 Determinación de las personas adjudicatarias

Entre todas las personas solicitantes admitidas se realizará un sorteo público de determinación de las personas adjudicatarias. Y entre todas las personas adjudicatarias se realizará un sorteo público para asignar la vivienda concreta según la lista de acceso determinada.

Las personas adjudicatarias optarán preferentemente a la promoción que hayan solicitado en primer lugar, optando si no ha resultado adjudicataria a la seleccionada en segundo lugar y así sucesivamente.

En el supuesto que por alguna de las listas resulten más solicitudes que viviendas disponibles se aplicarán los siguientes criterios de prioridad:

Para la adjudicación de las viviendas se priorizarán las solicitudes de las personas empadronadas en el municipio de Vielha e Mijaran con una antigüedad mínima de 3 años a la fecha de inicio del plazo de recogida de solicitudes. Si no se adjudican todas las viviendas que se ofrecen, se tendrán en cuenta en segunda instancia, las solicitudes de las personas empadronadas en Vielha e Mijaran sin tener en cuenta antigüedad de empadronamiento y en última instancia si todavía quedaran viviendas vacantes se tendrán en cuenta las solicitudes de personas empadronadas en cualquier municipio del Valle de Aran.

Si en una de las listas resultan menos solicitantes que viviendas ofertadas, las viviendas sobrantes se ofrecerán a los integrantes de la lista de espera más numerosa que hayan solicitado viviendas de características similares.
2.6 Lista de espera

Las personas solicitantes admitidas que no hayan resultado adjudicatarias formarán la lista de espera, que también se ordenará mediante sorteo.

Esta lista de espera tendrá tres años de vigencia y servirá para cubrir las eventuales bajas que se produzcan entre los adjudicatarios seleccionados conforme  a lo establecido en los párrafos precedentes. Con esta lista de espera se cubrirán, así mismo, las vacantes que se produzcan en promociones de viviendas existentes en la población y que tengan requisitos de acceso similares.

Las personas que figuren en la lista de espera tendrán que continuar cumpliendo los requisitos de acceso aprobados por estas normas en el momento en que sean requeridos para la adjudicación. A estos efectos, la Dirección de Promoción de la Vivienda requerirá la actualización de los datos y la aportación de documentos.

En caso de no aportación o de carencia de acreditación del cumplimiento de los requisitos de acceso se denegará la adjudicación y se requerirá a la persona siguiente de la lista de espera.

2.7 Viviendas Sobrantes

Las viviendas de esta promoción que queden vacantes una vez finalizado el presente procedimiento o bien, si una vez cerrado el plazo de recogida de solicitudes, éstas son inferiores al número de viviendas ofrecidas, se ofrecerán a todos los solicitantes de viviendas que, previamente inscritos en el Registro de Solicitantes de Viviendas de Protección Oficial de Cataluña, hayan indicado su interés en acceder a una vivienda de estas características en la comarca. El ofrecimiento se realizará a aquellos solicitantes inscritos que cumplan los requisitos para ser adjudicatarios de una vivienda de protección oficial y no superen los ingresos máximos establecidos por esta tipología de viviendas.

El ofrecimiento se formulará desde el Registro de Solicitante de Viviendas de protección Oficial de Cataluña, siguiendo la orden de antigüedad de inscripción y otorgando un plazo de 15 días para que los solicitantes de vivienda manifiesten su interés para el acceso a alguna de las viviendas de esta promoción.

Transcurrido este plazo sin que el solicitante haya manifestado formalmente su interés, se entenderá que desiste del acceso a estas viviendas y podrá ofrecerse la adjudicación a otros posibles interesados.

En el supuesto que el número de interesados sea inferior al número de viviendas vacantes, y teniendo en cuenta el tiempo de inscripción en el Registro de Solicitantes de Viviendas de Protección Oficial, los interesados podrán seleccionar la vivienda a la que quieren acceder, siempre y cuando se dé cumplimiento a los ratios máximos de ocupación de las mismas.

 Si el número de solicitantes inscritos con la misma antigüedad en el  Registro de Solicitantes de Viviendas de Protección Oficial es superior al número de viviendas vacantes, se celebrará un sorteo ante fedatario público para determinar el adjudicatario y la vivienda que le corresponde.

En todo caso, y con carácter previo a la resolución de adjudicación de la vivienda por parte del órgano competente, la Agència de l’Habitatge de Cataluña puede requerir a los interesados la presentación de la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos de acceso.

2.8 Notificaciones

La publicación de las diferentes listas tendrá el valor de notificación personal a cada solicitante y/o adjudicatario/a.

2.9 Formalización de la adjudicación

Las personas que hayan acontecido adjudicatarias en el sorteo serán debidamente convocadas para formalizar el correspondiente contrato de arrendamiento. El plazo para comparecer a la formalización del contrato no podrá ser superior a 2 meses, si en este plazo la persona adjudicataria no comparece, se entenderá que desiste de la adjudicación perdiendo su condición de adjudicatario y, por lo tanto, se requerirá de la lista de espera según lo establecido en su punto 2.5 de estas normas.

3. REQUISITOS DE ACCESO

Pueden concurrir en este procedimiento las personas físicas mayores de edad y con plena capacidad de obrar y de obligarse que cumplan los requisitos siguientes:

3.1. Ser de nacionalidad española, o que teniendo cualquiera otra nacionalidad ostenten el permiso de residencia permanente vigente, concedido por el Estado español (Todo esto en el momento del inicio del plazo de la presentación de las solicitudes).

3.2. Que las personas que constan en la solicitud no sean titulares del pleno dominio o de un derecho real de uso y disfrute sobre alguna vivienda. Se exceptúa el propietario o copropietario que acredite de forma fehaciente que no puede hacer uso de su vivienda, según lo que establece el Decreto 13/2010, de 2 de febrero, del Plan para el derecho a la Vivienda 2009-2012.

3.3. Que la persona solicitante esté empadronada en el municipio de Vielha e Mijaran con una antigüedad mínima de 3 años en  la fecha de inicio de recogida de solicitudes.

         1. También se admitirán, con carácter subsidiario, las solicitudes de personas empadronadas en el municipio a fecha de inicio de recogida de las solicitudes, sin tener en cuenta la antigüedad de empadronamiento.

          2. En última instancia, si quedaran viviendas sin adjudicar, se admitirán las solicitudes de personas empadronadas en cualquier municipio del Valle de Aran y en su defecto del resto de municipios de Cataluña.

3.4.
Hacer una declaración de responsabilidad conforme, si resulta adjudicatario, se destinará la vivienda a domicilio habitual y permanente.

3.5. Hacer una declaración de responsabilidad del estado civil (modelo adjunto). Lo tienen que hacer todas las personas mayores de edad que consten en la solicitud.

REQUISITOS ESPECÍFICOS DE INGRESOS INTEGRANTES LISTA A

 3.6. Ingresos de la unidad de convivencia superiores a 11.000 € en cómputo anual del año 2010 (Ingresos netos)

3.7. Los ingresos del/s solicitante/s y sus respectivas unidades familiares tendrán que ser inferiores a 4,21 veces la IRSC en cómputo anual del año 2010 (suma de las cuantías de la base imponible y de la base imponible del ahorro de la declaración o declaraciones el impuesto de la renta de las personas físicas).

4,21 veces *IRSC  1 miembro    2 miembros    3 miembros     4 miembros o más
Zona B                   41.935,18 €     43.232,14 €     45.091,59 €      45.252,16 €

REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LAS LISTA B Y C

3.8 Que los solicitantes pertenezcan a cualquiera de los siguientes colectivos:

 -          Solicitudes en las que todos sus integrantes sean menores de 35 años en la fecha de inicio de recogida de las solicitudes.

-          Solicitudes en las que todos sus integrantes sean mayores de 65 años en la fecha de inicio  de recogida de las solicitudes. Excepcionalmente que el co-solicitante no cumpla el requisito  de edad, siempre y cuando se trate de: a) cónyuge o hermano del solicitante; b) hijo discapacitado o con disminución sin necesidad de vivienda adaptada a cargo del solicitante (en estos casos el co-solicitante no será cotitular de la vivienda).

-          Familias monoparentales: formadas por solicitantes que dispongan de esta condición, que deberá ser acreditada mediante el correspondiente título expedido por el Departamento competente de la Generalitat de Catalunya.

-          Pensionistas o titulares perceptores del PIRMI o del subsidio  de desempleo mayores de 52 años o víctimas de violencia de género.

-          Solicitudes de personas divorciadas/separadas que estén privados del uso de su vivienda.

 REQUISITOS ESPECÍFICOS DE INGRESOS INTEGRANTES LISTA B

 3.9 Ingresos de la unidad de convivencia superiores a 5.000 € en cómputo anual del año 2010 (Ingresos netos)

3.10 Los ingresos del/s solicitante/s y sus respectivas unidades familiares tendrán que ser inferiores a 4,21 veces la IRSC en cómputo anual del año 2010 (suma de las cuantías de la base imponible y de la base imponible del ahorro de la declaración o declaraciones el impuesto de la renta de las personas físicas).

4,21 veces *IRSC  1 miembro    2 miembros    
Zona B                   41.935,18 €     43.232,14 €    

 REQUISITOS ESPECÍFICOS DE INGRESOS INTEGRANTES LISTA C

 3.11. Ingresos de la unidad de convivencia superiores a 9.000 € en cómputo anual del año 2010 (Ingresos netos)

3.7. Los ingresos del/s solicitante/s y sus respectivas unidades familiares tendrán que ser inferiores a 4,21 veces la IRSC en cómputo anual del año 2010 (suma de las cuantías de la base imponible y de la base imponible del ahorro de la declaración o declaraciones el impuesto de la renta de las personas físicas).

4,21 veces *IRSC  1 miembro    2 miembros    3 miembros     4 miembros o más
Zona B                   41.935,18 €     43.232,14 €     45.091,59 €      45.252,16 €
 
El cumplimiento de estos requisitos se tendrá que mantener hasta el momento de la firma del contrato de arrendamiento.

4. EXCLUSIONES

Son causa de exclusión:

4.1. El incumplimiento o la carencia de acreditación de los requisitos establecidos en el punto 3 de estas normas.

4.2. La falsedad en los datos o en los documentos aportados.

4.3. Que la solicitud esté integrada por un número total de miembros que supere el ratio de ocupación máxima establecida.

4.4. Caso de duplicidad de solicitudes se admitirá únicamente la última presentada y se excluirá el resto.

4.5. La no presentación (o la no acreditación de la presentación) de la declaración de la renta estando obligado tributariamente a presentarla.

4.6. Presentación de la solicitud fuera de plazo.

4.7. No se admitirán cambios una vez registrada la solicitud, ni en el número ni en la identidad de las personas que consten.

5. RELACIÓN DE DOCUMENTOS PARA ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS:

Los originales de los documentos serán devueltos al peticionario/a en el momento de presentación de la solicitud. Todos los documentos tendrán que ser presentados en cualquier de las dos lenguas oficiales en Cataluña, así pues, en el caso de documentos en otras lenguas tendrá que presentarse la correspondiente traducción realizada por un intérprete jurado.

 - Certificado (documento original o copia compulsada) histórico de empadronamiento de todas las personas que consten a la solicitud. Este documento NO lo tendrá que aportar el solicitante, que conste empadronado en Vielha e Mijaran, pues será gestionado directamente por el Ayuntamiento.

 - Originales y fotocopias de los documentos de identidad (vigentes) de todas las personas que consten en la solicitud.

-  Original y fotocopia del libro de familia, si procede.

 - Declaraciones de responsabilidad (modelos adjuntos)firmadas por las personas solicitantes, haciendo constar, si es el caso:

                   1-  Que la vivienda solicitada constituirá el domicilio habitual y permanente.
                     2-  Que no son titulares de ninguna otra vivienda de protección                         oficial ni de promoción pública, ni son propietarios de ninguna vivienda libre.

                     3-  Declaración de estado civil.

 - En aquellas solicitudes donde conste un menor y sólo uno de los dos progenitores, se tendrá que acreditar la guarda y custodia del menor mediante la correspondiente interlocutoria o sentencia judicial independientemente de la vinculación que exista o haya existido entre los progenitores.

- En el caso de personas separadas/divorciadas sentencia y convenio regulador donde conste que no tienen el uso de la vivienda conyugal.

 - En el caso de familias monoparentales, se debe presentar el título correspondiente emitido por el Departamento competente de la Generalitat de Catalunya.

- En el caso de víctimas de violencia de género, se debe acreditar por cualquiera de los medios de prueba cualificados que establece la Llei 5/2008 de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista(orden de protección, sentencia declaratoria, medida cautelar de protección, etc)

Documentación para acreditar los ingresos y cómputo:

- Original y fotocopia de la declaración de renta completa del año 2010 de todos los miembros de la unidad familiar obligados a presentarla.

 En caso de no haber presentado la declaración de renta del año 2010 por no estar obligados de acuerdo con la normativa tributaria, deberán presentar los siguientes documentos originales y fotocopias:

                 – Certificado de altas y bajas a la Seguridad Social (Informe de vida laboral)

                 - Certificado/s de ingresos y retenciones a cuenta del IRPF correspondientes al año 2010 emitidos por la empresa/se en el/s periodo/s en que se haya trabajado.

                 – Pensionistas: Certificado de la pensión percibida en 2010, emitido por el organismo oficial correspondiente, con indicación de su importe.

                  – Para acreditar rendimientos del capital mobiliario, certificado de la entidad financiera correspondiente.

                  – Si se ha estado en el  paro, certificado del INEM, con indicación del periodo de paro y, si procede, de los importes percibidos durante el año 2010.

 En todos los casos anteriores, declaración de responsabilidad de los ingresos totales percibidos en 2010 (se adjunta modelo).

Para el cómputo de los ingresos se tendrá en cuenta los percibidos por los miembros de la solicitud y las respectivas unidades familiares que vayan  a ser  adjudicatarios.

El concepto de unidad familiar es el que resulta definido por las normas reguladoras del impuesto sobre la renta de las personas físicas. Las referencias a la unidad familiar a los efectos de ingresos se hacen extensivas a las parejas de hecho. El estado civil y la situación de pareja de hecho deberán  especificarse en la declaración de responsabilidad que se adjunta a la solicitud.

Para comprobar si la unidad familiar supera o no el límite de ingresos máximos permitidos:

En caso de haber presentado declaración de renta (ejercicio 2010): El cálculo de los ingresos se hará de acuerdo con la suma de las cuantías que figuren en la base imponible general y en la base imponible del ahorro previa a la deducción del mínimo personal y familiar.

En caso de presentar certificados de ingresos y retenciones a cuenta del IRPF (ejercicio 2010): se tendrá en cuenta la cantidad que figure como importe íntegro satisfecho derivado de rendimiento del trabajo, restando la/s cantidad/es por gastos fiscalmente deducibles. No se considerarán las percepciones derivadas de dietas, gastos de viajes y premios.

En caso de pensiones y paro: se tendrán en cuenta los importes íntegros descontando las retenciones y/o deducciones.

El director de Promoción de la Vivienda

Albert Toledo y Pascual
Barcelona, enero de 2012

El ayuntamiento de Vielha e Mijaran pone en funcionamiento un plan de actuación preventivo ante la previsión de heladas para estos próximos días.

1 de febrero de 2012

En la reunión semanal de la Comisión de Servicios Públicos Municipales, celebrada esta mañana, se ha decidido un Plan de Actuación Preventivo ante la previsión de las bajas temperaturas previstas para los próximos días.

 En esta línea, se creará un equipo de trabajo municipal de refuerzo que entrará en funcionamiento desde la tarde del jueves hasta el domingo.  Este equipo trabajará para intentar paliar al mínimo los efectos del hielo y nieve, en primer lugar en los servicios básicos del municipio, y en los accesos a los núcleos, así como los accesos peatonales.

 Así mismo,  el Ayuntamiento se ha coordinado con el Conselh Generau d’Aran ante las posibles incidencias que puedan surgir. Se prevé que los diferentes servicios continúen con sus trabajos ordinarios durantes estos días.

Por otro lado, el Ayuntamiento avisará a la ciudadanía, y a los comerciantes para que informen del estado de las carreteras y accesos a los diversos puntos turísticos emblemáticos.

El Ayuntamiento de Vielha e Mijaran pide a los vecinos y vecinas del municipio que los días que duren las bajas temperaturas, tomen las máximas precauciones para su seguridad. Que no viajen en coche si no es totalmente necesario, que lleven cadenas en sus vehículos y que se informen del estado de las carreteras antes de iniciar su trayecto.

 También se dirigirán a la Gente Mayor del municipio, para pedirles que tengan un especial cuidado y sean previsores en sus desplazamientos a pie, ante posibles caídas, tanto por la nieve como por el hielo.

 El Ayuntamiento ha reforzado los puntos de suministro de sal en todo el  municipio y pide la colaboración de toda la ciudadanía para minimizar los problemas que se puedan derivar de estas bajas temperaturas.

Pueden  encontrar sal en

 

-  Conenedores amarillos situados en:

-         C/ Sarraèra a la altura del número 5

-         C/ Arroquets  a la altura del número 9

-         Puente del Cap dera Vila, en el acceso a la C/ Major

-         C/ Frederic Mistral a la altura del número 1

-         Av. Pas d’Arró, delante  de la Panificadora

-         C/ Sarriulèra, delante del Ajuntament de Vielha e Mijaran

-          Delante de la Guardia Civil

-          Carretera del túnel a la altuta del Hotel Pirene

-  Otras ubicaciones:

-          Delante de los contenedores en los Bloques Ricardo Abadía(subida de la C/ Irissa)

-         C/ Major, a la altura del número 6

-          En la Plaça Arnals

-          En la C/ Espitau

-          En Av. Pas d’Arró, delante de la bajada al parking antiguos militares